Según informa la Agencia de Noticias Hawzah, el islam considera que está prohibido el matrimonio con estos tres grupos, que son parientes íntimos. De primero analizamos el primer grupo de los parientes íntimo que son siete ramos.
quedan prohibidas para vosotros:
1.Vuestras madres: debemos darnos cuenta que el significado de la madre no solamente la mujer de la cual se nace, sino que la prohibición incluye las ascendientes, es decir; las abuelas, paterna y materna.
2.Vuestras hijas: el casamiento con las hijas y las nietas y las descendientes, está prohibido. No hay diferencia para esta prohibición para que la nacida hija fuera del matrimonio. Entonces no se puede darse el matrimonio con una hija resultado de fornicación.
3.Vuestras hermanas: la hermana también, ya sea paternas o maternas o de ambos.
4,5. Vuestras tías, paternas y maternas: se refieren a las hermanas de los padres y las hermanas de los abuelos.
6,7. las hijas de vuestros hermanos y hermanas: se refiere las hijas del hermano y las de la hermana, y no solo las hijas de ellos son prohibidas, sino que, las hijas de los hijos de los hermanos son ilícitas.
En el nombre de Dios El Clemente, El Misericordioso
حُرِّمَتْ عَلَيْكُمْ أُمَّهاتُكُمْ وَ بَناتُكُمْ وَ أَخَواتُكُمْ وَ عَمَّاتُكُمْ وَ خالاتُكُمْ وَ بَناتُ الْأَخِ وَ بَناتُ الْأُخْتِ وَ أُمَّهاتُكُمُ اللاَّتِي أَرْضَعْنَكُمْ وَ أَخَواتُكُمْ مِنَ الرَّضاعَةِ وَ أُمَّهاتُ نِسائِكُمْ وَ رَبائِبُكُمُ اللاَّتِي فِي حُجُورِكُمْ مِنْ نِسائِكُمُ اللاَّتِي دَخَلْتُمْ بِهِنَّ فَإِنْ لَمْ تَكُونُوا دَخَلْتُمْ بِهِنَّ فَلا جُناحَ عَلَيْكُمْ وَ حَلائِلُ أَبْنائِكُمُ الَّذِينَ مِنْ أَصْلابِكُمْ وَ أَنْ تَجْمَعُوا بَيْنَ الْأُخْتَيْنِ إِلاَّ ما قَدْ سَلَفَ إِنَّ اللَّهَ كانَ غَفُوراً رَحِيماً
“Desde ahora, quedan prohibidas para vosotros y vuestras madres, vuestras hijas, vuestras hermanas, vuestras tías, paternas y maternas, las hijas de vuestros hermanos y hermanas y vuestras madres y hermanas de leche y vuestras suegras, las hijas de vuestras esposas, que están bajo vuestra custodia, una vez que hayáis consumado el matrimonio con sus madres, pero si no lo habéis consumado no cometéis pecado con ello; las esposas de vuestros propios hijos y que os unáis con dos hermanas al mismo tiempo, excepto si lo hicisteis en el pasado. En verdad Dios es perdonador, misericordiosísimo.”
Sabemos que el ser humano innatamente no gusta de tal casamiento, y es un acto abominable el matrimonio con los parientes íntimos, pero vemos que, en algunos países occidentales como Francia, la relación incestuosa es una realidad irrenunciable y cotidiana. Está relación ya no es un tabú y la televisión y los periódicos, no sin precauciones, hablan abiertamente a cerca de este tema. Se calculan que existe actualmente en Francia unos 50,000 casos relaciones incestuosas, que entre ellas, las relaciones entre padre- hijas son las más abundante.( En Francia se calcula que existen 50.000 casos de uniones incestuosas). https://elpais.com/diario
El segundo grupo de los parientes íntimos, los que son prohibido casarse con ellos, son de dos ramas:
“y vuestras madres y hermanas de leche”
Existe un punto que es conveniente destacar, así que, en la aleya se ha mencionado “madres y hermanas de leches” pero tenemos en una narración, del Profeta, que dice:
قَالَ رَسُولُ اللَّهِ ص يَحْرُمُ مِنَ الرَّضَاعِ مَا يَحْرُمُ مِنَ النَّسَبِ
“está prohibido la lactancia de lo que se prohíbe por linaje”
Quiere decir; amamantar prohíbe lo mismo que prohíbe el dar a luz en lo que a relación de parentesco se refiere, ya sea por parte de la esposa como por parte del esposo. En otras palabras, con todos aquellos parientes de sangre el hombre no pude casarse, como en el caso de hermana y la tía paterna o materna, al igual, no puede contraer el matrimonio con las que su parentesco sea por lactancia. Entonces la lactancia es el segundo linaje. Por su puesto que con una o dos o tres veces de lactar no se consigue el parentesco.
Y por fin el último ramo de parentesco, son aquellas que a través del matrimonio el hombre no podría casarse con ellas. En la aleya se ha mencionado cuatro ramos:
- vuestras suegras: será prohibido para el hombre, la suegra (madre de su mujer) y madre de su suegra y …, tan pronto como, contraiga matrimonio. Es decir; para toda la vida (permanentemente) no puede casarse con su suegra incluso si se separa de su esposa.
- las hijas de vuestras esposas, qué están bajo vuestra custodia, una vez que hayáis consumado el matrimonio con sus madres: Es decir, solo con el matrimonio sharia de una mujer, “sus hijas” de otro esposo. Existe una condición, en el contrato el matrimonio Shria, se debe tener relación sexual con la esposa. Entonces, por sentencia, las hijas de su esposa serán como sus propias hijas y es ilícito casarse con ellas, incluso es ilícito casarse con la hija del hijo de su esposa.
- las esposas de vuestros propios hijos: las esposas de los hijos también son prohibidos casarse con ellas, pero esa sentencia no las incluye, las hijas de los hijos adoptivos.
- y que os unáis con dos hermanas al mismo tiempo: es decir; no está permitido casarse con dos hermanas al mismo tiempo, simultáneamente, por ende, no se comete pecado, si se realiza con dos hermanas en momentos diferentes y después de la separación de la hermana anterior.
Notas:
1- https://elpais.com/diario
2- Man-la-yahzoro al faghih. Shiekh_AL Saduq, T.3, P.475, libro en árabe
Fuentes consultas:
La interpretación ejemplar (Nemooneh) Nasser_Makarim_Shirazi
El tesoro de irfan en la interpretación del sagrado Corán (Kanz-al-Irfan_Fi_ Tafsir-al-Corán) Fazel_Meghdad_Sivari
https://elpais.com/diario
Man-la yahzoro al faghih. Shiekh_AL Saduq, T.3,P.475, libro en árabe
por: Davoud Raisian (Semiromi)
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