Agencia de Noticias Hawzah- En una nota legal que examina lo que describe como el fenómeno del "secuestro presidencial" en las relaciones internacionales contemporáneas, Hoyyat al-islam Raji argumenta que tal acto —realizado sin autorización del Consejo de Seguridad de la ONU y justificado únicamente a través de interpretaciones unilaterales del derecho interno estadounidense— equivale a agresión militar y secuestro patrocinado por un Estado según el derecho internacional.
Según Raji, desde el punto de vista del derecho internacional clásico y la Carta de la ONU, la captura forzosa del presidente venezolano es considerada ilegal por la gran mayoría de expertos legales independientes y por la mayoría de los países del mundo.
Violación Clara de la Soberanía Nacional
Uno de los principios más fundamentales violados por tal acción es la soberanía nacional. El Artículo 2(4) de la Carta de la ONU prohíbe explícitamente la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado.
"Una operación militar dirigida a la capital de un país soberano como Caracas, que culmina con el secuestro de su presidente en funciones, es una violación de libro de texto de este principio", señala Raji. Enfatiza que no se emitió ningún mandato o autorización del Consejo de Seguridad de la ONU para tal operación, lo que la hace ilegal según el derecho internacional.
Inmunidad de los Jefes de Estado
Otra cuestión legal central concierne a la inmunidad de la que gozan los jefes de estado según el derecho internacional consuetudinario. Mientras un presidente o jefe de gobierno permanezca en el cargo, goza de inmunidad absoluta frente al arresto o enjuiciamiento por jurisdicciones extranjeras.
Los expertos legales subrayan que incluso si un tribunal estadounidense emitiera una orden de arresto, ni las agencias de aplicación de la ley de EE.UU. ni los militares tienen la autoridad legal para hacer cumplir esa orden en el territorio de otro estado soberano o contra su presidente en funciones. Cualquier intento de hacerlo constituye una violación directa de las normas legales internacionales.
Sin Base Legal para las Alegaciones de "Legítima Defensa"
Washington ha intentado justificar tales acciones bajo el pretexto de "legítima defensa" o la lucha contra el terrorismo y el crimen transnacional. Sin embargo, abogados internacionales rechazan este argumento, señalando que las acusaciones de narcotráfico —independientemente de su veracidad— no cumplen con el umbral de un "ataque armado" según el derecho internacional.
Bajo la Carta de la ONU, el derecho a la legítima defensa aplica solo en respuesta a un ataque armado real. Acusaciones criminales, incluidas cargos por drogas, no proporcionan fundamentos legales para un asalto militar o el secuestro forzoso de un líder extranjero.
Maniobras Legales de EE.UU. e Interpretaciones Unilaterales
Para eludir estas restricciones internacionales, Estados Unidos se ha basado en un conjunto de controvertidas maniobras legales empleadas previamente en casos como el secuestro en 1989 del presidente de Panamá, Manuel Noriega.
Una de estas tácticas es la criminalización doméstica. Las autoridades estadounidenses han intentado redefinir al presidente venezolano no como un legítimo jefe de Estado, sino como el presunto líder de una organización criminal, a menudo referida como el cartel de "Los Soles". Al enmarcar el asunto como "narcoterrorismo", Washington alega que el presidente ha perdido su inmunidad política.
Otro pilar del argumento estadounidense es la jurisdicción extraterritorial. Los tribunales de EE.UU. afirman que si un presunto delito ocurre fuera de las fronteras estadounidenses pero produce efectos dentro de Estados Unidos —como la importación de drogas ilegales— entonces las autoridades judiciales de EE.UU. tienen el derecho de reclamar jurisdicción.
Los estudiosos del derecho internacional rechazan ampliamente ambos argumentos, describiéndolos como unilaterales, políticamente motivados e incompatibles con el ordenamiento jurídico internacional.
Evaluación Legal Global: Un Acto de Agresión
Si bien Estados Unidos puede intentar legitimar tales acciones a través de su marco legal doméstico y su poder militar, la comunidad internacional en general las ve de manera bastante diferente. A los ojos de los tribunales y organismos legales internacionales, incluidos los con sede en La Haya, la captura forzosa de un presidente en funciones se clasifica como un "acto de agresión" y un claro caso de "secuestro de Estado".
Los expertos legales advierten que normalizar tales prácticas socava los cimientos del derecho internacional, debilita el principio de igualdad soberana y establece un peligroso precedente que podría desestabilizar el orden global.
Como concluye Raji, el problema no es meramente sobre Venezuela, sino sobre si el derecho internacional será respetado o subordinado a la voluntad unilateral de los estados poderosos.
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